lunes, 24 de febrero de 2020
miércoles, 19 de febrero de 2020
Manual de la Organización Estudiantil
MANUAL DE LA ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL
ARTÍCULO 1º CONCEPCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL
Se adopta la organización estudiantil como estrategia pedagógica tendiente al desarrollo de la personalidad autónoma de los estudiantes, por cuanto estimula su participación activa en la planeación, ejecución y evaluación de diversas actividades curriculares mediante las cuales puede asumir en forma democrática y responsable, el desempeño de funciones de tipo disciplinario, académico, social, artístico, deportivo y recreativo con la orientación y asesoría del maestro(a).
Su organización y funcionamiento serán determinados por el Consejo Directivo de acuerdo con las instancias de concertación que para tal fin, se lleven a cabo con el estudiantado
ARTÍCULO 2º OBJETIVO GENERAL:
Propiciar el desarrollo de la personalidad autónoma del estudiante
ARTICULO 3º OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Propiciar situaciones que permitan el ejercicio de la opinión libre, la escucha atenta y respetuosa, de la discusión basada en la reflexión y la concertación dirigida hacia el progreso y bienestar tanto común como individual
- Desarrollar una actitud positiva hacia las normas como un requisito indispensable para la convivencia social
- Promover situaciones que permitan al estudiante concientizarse de que es agente de su propia formación
- Mejorar los mecanismos de interacción social para lograr un trabajo de equipo efectivo, agradable, positivo v responsable
- Promover un ambiente de confianza y tolerancia entre los diferentes miembros de la comunidad.
- Dar oportunidad para que los estudiantes generen iniciativas, analicen problemas, propongan soluciones y tomen decisiones como miembros auténticamente activos de la comunidad educativa.
- Respetar los puntos de vista para clarificarlos y hacerlos plenamente conscientes.
- Proporcionar al estudiante nociones y conceptos de educación política a través de la estructura y funcionamiento de la organización
- Desarrollar actividades que permitan al estudiante vivir y valorar la participación democrática en una organización
- Promover la participación dinámica de los padres de familia en el desarrollo de actividades escolares.
ARTICULO 4º NIVELES DE AUTORIDAD
Los niveles de autoridad de la organización estudiantil corresponderán a la siguiente jerarquía: presidente escolar, líderes de consejos estudiantiles, tutores (líderes de grado), presidentes de aula y comités de aula.
ARTICULO 5º EL PRESIDENTE(A) Y EL VICEPRESIDENTE(A) ESCOLAR
- Anualmente se elegirá en la Escuela Normal Superior de Bucaramanga al presidente(a) escolar, con su correspondiente fórmula para la vicepresidencia
- El presidente(a) y el vicepresidente(a) escolar serán elegidos siguiendo, en lo posible, las mismas normas y mecanismos que establece la nación colombiana para elegir su presidente y vicepresidente
- Para ser candidato a presidente escolar, se requieren las siguientes condiciones:
1. Ser estudiante de la Escuela Normal Superior de Bucaramanga
2. Pertenecer a los grados 10º y 11º
3. Haber desempeñado cargo de presidente(a) de aula, monitor, líder de consejo, vicepresidente escolar o tutor.
4. Acreditar por escrito un muy buen rendimiento académico y comportamiento acorde con el perfil del normalista superior
5. Presentar certificación de comportamiento firmada por el coordinador del año anterior.
6. Ser postulado por el 80% de un curso o un mínimo de 50 estudiantes de diferentes cursos o grados
7. Contar con la aprobación de rectoría
8. Presentar y sustentar un plan de trabajo para su periodo de ejercicio en la Presidencia
9. Presentar una fórmula para la vicepresidencia, eligiendo un estudiante que cumpla los mismos requisitos para optar a la presidencia.
10. Presentar por escrito, la aprobación de sus padres para ser candidato(a)
PARÁGRAFO 1º: Se conceptualiza como buen rendimiento académico, la valoración que al respecto emita la Comisión de Evaluación.
PARÁGRAFO 2º: La Rectora podrá citar cuando considere necesario un comité para estudiar las condiciones de los candidatos para la presidencia escolar y la personería estudiantil. Dicho comité estará integrado por: el (la) Coordinador(a), el (la) director de grupo y uno de los profesores del año inmediatamente anterior, además de la Psicóloga y el presidente del aula del curso anterior de cada uno de los candidatos
PARÁGRAFO 3º. La rectoría podrá negar la aprobación a una candidatura, si no reúne todos los requisitos exigidos. En este caso, las causas serán claramente explicadas al curso o grupo de estudiantes que realicen la postulación.
PARÁGRAFO 4º: En caso necesario se podrá permitir que un candidato elija su fórmula en el mismo grado siempre y cuando no sea de su mismo curso.
- El (la) presidente(a) tomará posesión de su cargo ante la comunidad educativa durante una solemne Izada de Bandera, en la semana siguiente a su elección y leerá su promesa en los siguientes términos:
“Con la ayuda de Dios, prometo representar a mis compañeros con dignidad y lealtad. Prometo defender los derechos de los miembros de mi comunidad, respetar la autoridad legítima y ser fiel a los principios de la educación en la Escuela Normal Superior de Bucaramanga y trabajar en la medida de mis capacidades para su progreso, mediante la promoción de la responsabilidad, la autonomía, el bienestar común y la Solidaridad".
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